BASES DEL PROGRAMA "BONOS CONSUMO 2021" PARA CONSUMIDORES
PRIMERO - Objeto y Finalidad
El objeto del programa denominado "BONOS CONSUMO CIUDAD DE CABRA PARA EL COMERCIO Y LA HOSTELERÍA 2021" es potenciar y dinamizar el sector comercial y hostelero de la ciudad de Cabra mediante la implementación de BONOS DE CONSUMO en la ciudad de Cabra como eje principal del programa de impulso de la hostelería y el comercio local.
Así, los objetivos y finalidades del programa son:
- Promoción de la hostelería y el comercio local.
- Estimulación del sector hostelero y comercial local.
- Dinamización del tejido hostelero y comercial local.
- Incentivar e impulsar las compras en los comercios y el consumo en los establecimientos hosteleros locales, principalmente en los establecimientos adheridos al programa BONOS CONSUMO 2021 de la ciudad de Cabra.
En definitiva, promocionar y dinamizar el sector comercial y hostelero de la ciudad de Cabra, estimulando las compras y el consumo durante el período de vigencia del programa BONOS CONSUMO 2021, concienciando a los consumidores egabrenses en la necesaria contribución a la hostelería y al comercio de la ciudad de Cabra como generador de riqueza, creación de empleo y motor de la actividad económica de la ciudad de Cabra.
Esta campaña comenzará el día 22 de noviembre de 2021, finalizará el 15 de diciembre de 2021 (último día para usar / canjear los bonos obtenidos). El último día que AECA entregará bonos impresos o digitales será el 11 de diciembre de 2021, o una vez se hayan entregado todos los bonos disponibles acordes al presupuesto existente en la campaña 2021 (lo que antes ocurra).
SEGUNDO - Obtención de los bonos
Los consumidores MAYORES DE 18 AÑOS que quieran optar a conseguir bonos consumo (ya sea de la versión para comercio o de la versión para hostelería) deberán cumplir y realizar los siguientes puntos que se detallan a continuación (antes del 11 de diciembre o hasta el agotamiento del presupuesto disponible, lo que antes ocurra):
- Deben realizar una compra en cualquier comercio egabrense por importe igual o superior a 20€ o una consumición en cualquier establecimiento hostelero por importe igual o superior a 10€ y tener en su poder el ticket de la misma (el ticket debe cumplir con la normativa vigente para poderlo considerar válido). Las compras o consumiciones se podrán realizar en cualquier establecimiento egabrense que cumpla con los requisitos expuestos en la condición i) de este punto SEGUNDO.
- Deberá identificarse con su DNI, ser mayor de 18 años y entregar el ticket descrito en el apartado “a)” al personal de AECA situado en el kiosko municipal sito en Plaza España, para el caso de bonos impresos, o fotografiarlo (o escanear) el ticket y entregarlo digitalmente en el apartado destinado a ello dentro de la web www.bonosconsumo.com, para el caso de querer optar a bonos digitales. Incluso podrá mezclar ambas opciones obteniendo bonos en versión impresa y bonos en versión digital.
- Deberá firmar o aceptar (según la versión del bono) las Bases del programa, la Política de Privacidad y el Consentimiento expreso del tratamiento de sus datos personales.
Todo lo anterior vendrá supeditado a las siguientes condiciones:
-
La actividad del establecimiento identificado en el ticket debe estar enmarcada dentro de uno de los siguientes supuestos admitidos para bonos de hostelería:
- CNAE Sección I55: Servicios de alojamiento
- CNAE Sección I56: Servicios de comidas y bebidas
Y para bonos de comercio:
- Por ciudadano o ciudadana (DNI) sólo se podrán obtener en esta campaña los bonos correspondientes a un máximo de 4 tickets (2 tickets de compra como máximo para comercio y 2 tickets de consumición como máximo para hostelería). Existiendo también la limitación de obtener un máximo de 2 BONOS ESPECIALES por valor de 100€ (1 sólo BONO ESPECIAL, bonos por valor de 100€, de comercio y 1 sólo BONO ESPECIAL, bonos por valor de 100€, de hostelería). Caso de haber excedido este límite en los BONOS ESPECIALES se entregarían al consumidor los bonos correspondiente al tramo de escalado inmediatamente inferior.
-
El escalado de los bonos es el siguiente:
En cualquier momento, estos escalados y restricciones podrían ser modificados según la evolución del programa, previo acuerdo de la “Comisión de seguimiento y evaluación”, lo que se hará constar en las bases en ese momento y se le dará amplia difusión.
Se podría (tras decisión consensuada entre AECA y la Delegación de Comercio del Ayuntamiento de Cabra), atendiendo a la evolución de la campaña y el tiempo restante para su finalización, destinar parte del presupuesto destinado a bonos de comercio a bonos de hostelería, y viceversa.
- Un consumidor no podrá obtener bonos consumo con los tickets de establecimientos con los que guarde relación de consanguinidad hasta segundo grado con alguno de sus propietarios o personal del mismo. Sí podrá hacerlo con tickets de otros establecimientos que este hecho no ocurra.
- Un mismo ticket (de la misma compra o consumición) no podrá ser utilizado para obtener varios bonos consumo. Caso de ser detectado este intento de saltarse las bases el consumidor en cuestión quedaría deshabilitado de la campaña y no podría obtener ningún bono (deben tener en cuenta que al entregar los bonos el ticket queda en poder de la organización y registrado su nº de tickets y establecimiento con lo cual un segundo intento será detectado de forma inmediata).
- Una compra o consumición en la que se ha aplicado un bono no puede ser utilizada para la obtención de otro bono. Caso de detectarse esta anomalía el consumidor sería deshabilitado de la campaña, no podría obtener más bonos y como penalización deberá pagar en efectivo los bonos utilizados anteriormente al considerarlos anulados. Deben tener en cuenta que los establecimientos nos entregan copia de los tickets objeto de descuento por bonos y los datos al cruzarlos nos indicarán esta circunstancia.
- La participación en la campaña supone la aceptación de estas bases y su mejor interpretación por parte de la organización.
TERCERO - Procedimiento de "canje" de bonos consumo
Los bonos consumo ÚNICAMENTE PUEDEN SER UTILIZADOS en los establecimientos adheridos cuyo listado aparece en la web www.bonosconsumo.com
El bono o bonos consumo digitales o impresos (de 20€ la unidad para el comercio y de 10€ la unidad para la hostelería) podrán ser canjeados por el portador (descontado su suma del total comprado o consumido) cualquier día a cualquier hora dentro del horario de apertura del establecimiento adherido (que están indentificados con el correspondiente cartel de la campaña y dentro del listado del párrafo anterior). El establecimiento adherido no podrá dispensar trato que pueda considerase de agravio comparativo con respecto a otros clientes que no fueran portadores de un bono
El cliente portador del bono o bonos físicos deberá entregarlos y el cliente portador del bono o bonos digitales deberá mostrarlos en el momento de abonar su compra o consumición. El importe que sumen los mismos será descontando por el establecimiento adherido del total debido. En el caso del bono impreso, tras ser descontado, éste pasará a ser custodiado por el establecimiento adherido.
No se establece límite de bonos (de 10€ la unidad en hostelería y de 20€ la unidad para el comercio) a utilizar en una misma compra o consumición, pero OBLIGATORIAMENTE, en consonancia con lo anterior, la suma de todos los bonos que se entreguen para caje DEBE SER MENOR O IGUAL al total consumido o consumido y, por tanto, JAMAS se entregará cambio en efectivo ya que el importe total de la compra o consumición es siempre igual o superior.
La fecha límite para usar o canjear los bonos queda establecida en el 15 de diciembre de 2021 (inclusive).